Derecho de asilo, Cuerpo diplomático y Memoria histórica
¿Se incluye al Cuerpo Diplomático asentado en Madrid y su labor en defensa de la vida ante las persecuciones por quienes actuaban en relación y colaboración con los organismos oficiales, entre los colectivos sobre los que ha de aplicarse la ley de Memoria histórica?
El derecho de asilo por razones religiosas o ideológicas es hoy un derecho humano incuestionable, que halla su amparo la soberanía de los Estados respecto a quienes se hallan en su territorio o, en el caso de las embajadas, por virtud del principio de extraterritorialidad, en el recinto que la alberga. Además de los Convenios internacionales, el artículo 13.4 de la Constitución lo reconoce y una ley de 1984 lo regula. Pero mucho antes, el asilo a los refugiados fue practicado, con impresionante ejemplaridad para la humanidad, por los representantes diplomáticos que se hallaban en Madrid en julio de 1936, lo que no ha sido suficientemente reconocido.Tampoco la titulada “ley de reconocimiento y ampliación de derechos y establecimiento de medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura”, aprobada por el Gobierno para, a base de articulado, escribir la historia “a su manera” y para reconocer a “los colectivos” que intervinieron en la defensa de las libertades, lo hace. Llama la atención que en esta ley se aprueben medidas y ventajas a los integrantes de las Brigadas Internacionales y, en cambio, nada se diga ni reconozca respecto a este colectivo, el del Cuerpo Diplomático asentado en Madrid en más de 30 embajadas, gracias a cuya labor pudieron salvar la vida miles de asilados. La Ley de la Memoria histórica no sólo es injusta, tendenciosa y dañina; también es incompleta, por las omisiones expuestas y por venir acotada a la fecha en que tuvo lugar el alzamiento nacional, olvidando la que fue antesala de la guerra civil: la revolución de Asturias, el golpe de octubre de 1934 contra la República, instado por ERC y el PSOE -casualmente los promotores de esta ley-, que tantos mártires y víctimas inocentes provocó.
La ley no sólo fomenta el odio y confunde a la ciudadanía sino que ignora de verdad a los colectivos y a las víctimas “olvidadas” y a quienes sufrieron las pantomimas de juicios -cuando los había- por parte de los tribunales populares para hipócritamente justificar la muerte de tantas decenas de miles, a las que se hacían merecedoras de tal castigo por sus prácticas religiosas o el mero hecho de ser “gente de orden”- “bastaba llevar cuello y corbata para quedar detenido”-, tal y como gráficamente lo plasmó el diplomático noruego Félix Schlayer en el libro que se acaba de editar 60 años después de haberse escrito en alemán.
En este libro -”Torturas en el Madrid republicano”-, Schlayer cuenta no sólo la ingente labor del Cuerpo Diplomático a través del ejercicio del derecho-deber de asilo (sólo el asilo noruego superó las 900 personas); también, recoge el testimonio de los asesinatos, tras los temibles “paseos”, con abandono de los cadáveres en las cunetas, y “sacas” de las checas o de sus viviendas, para ser interrogados los detenidos antes de morir acribillados por el comité “del pueblo” (es decir, milicianos marxistas), además de referirse a la quema de Iglesias, Conventos, saqueos y otras atrocidades hechas en nombre del pueblo bajo la complicidad frentepopulista (más preocupado en engalanar las plazas y monumentos con estatuas y retratos de Lenin y Stalin y pancartas con gritos de ¡Viva la URSS! que de controlar los desmanes de los milicianos).
Schlayer cuenta sus entrevistas con las autoridades y, en particular, la tenida con el Consejero de Orden Público de la Junta de Defensa de Madrid, de quien dependían los miles de preventivos, bajo la custodia de los milicianos, que iban saliendo en las famosas sacas con destino a la muerte, el cual “ni se inmutó ni las impidió”, cuando le fueron referidas tanto por él como por el delegado de la Cruz Roja Internacional (Mr. Henny) las matanzas de Paracuellos y Torrejón.
¿Se incluyen en esta ley las víctimas olvidadas de estos “tribunales populares” o los “paseos” sin juicio o sin juicio legal por Jueces del Estado dentro de lo que la misma pretende? ¿Se incluye al Cuerpo Diplomático asentado en Madrid y su labor en defensa de la vida ante las persecuciones por quienes actuaban en relación y colaboración con los organismos oficiales, entre los colectivos sobre los que ha de aplicarse la ley? Sirvan estas letras para rendirles el reconocimiento que nadie les ha tributado y que ahora el Gobierno olvida. El Cuerpo diplomático, con su labor en el Madrid rojo, como recordaba el Encargado de Negocios de la República Argentina, hizo posible “que la diplomacia sirviera para algo más que para lucir hermosos uniformes y asistir a fiestas de sociedad”.
Publicado por Santiago Milans del Bosch el 21-09-2006 en La Razón

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1 comentario a “Derecho de asilo, Cuerpo diplomático y Memoria histórica”
By MARQUES DE BORNO on Jul 1, 2009 | Responder
YA SABIAMOS TODOS QUE EL PARTIDO POPULAR ES DE EXTREMA DERECHA, FASCISTA-FRANQUISTA-NEOLIBERAL-SIONISTA ETC, ETC, ELLOS DECIIAN QUE ERA DE CENTRO AHORA AL OPONERSE A AL LEY DE MEMORIA HISTORIA AL NEGARSE A QUE HABRAN LAS TUMBAS DE LOS ASESINADOS POR EL FRANQUISMO, ELLOS MISMOS SE HAN DECLARADO SOLOS UNA VEZ MAS FRANQUITAS, ANTIPATRIOTAS, FACISTAS ETC, AUNQUE LUEGO DIGAN QUE SON DE CENTRO . SOLO HAY QUE IR OBSERVANDOLOS PARA VER QUE SON FRANQUISTA-FACISTAS-SIOMISTA-NEOLIBERALES ETC, ETC. Y LA SOCIALDEMOCRACIA ACTUAL QUE NO SABEMOS LO QUE ES ESA PALABRA , ES UN AMASIJO AMORFO DE IDEAS SIN IDENTIDAD QUE SE PARECE MAS AL P.P. O SEA FRANQUISMO-NEOLIBERALISMO-FASCISMO QUE A CUALQUIER OTRA COSA.
CREO QUE ES BUENO PARA LA DEMOCRACIA, DESHACER EL ‘BIPARTIDISMO’ VOTANDO A MAS PARTIDOS DE AMBITO ESTATAL Y SOBRE TODO DE ‘IZQUIERDAS REVOLUCIONARIAS’ COMO LA VIDA MISMA, Y QUE SIGAN LOS PARTIDOS REGIONALISTAS, ESTA VARIEDAD DE COLORES ES LA QUE ENRIQUECERIA LA DEMOCRACIA E IRIA TODO MEJOR . RECUERDE