Edmund Burke
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Los estatutos de la Funadación Burke establecen que todas sus actividades se financiaran sólo con aportaciones provenientes de personas y entidades privadas.
Por eso necesitamos su colaboración. Póngase en contacto con nosotros y le informaremos de nuestro programa de mecenazgo y colaboración.
Artículo 19.- Financiación.-
1.- La Fundación, para el desarrollo de sus actividades, se financiará con los recursos que provengan del rendimiento de su patrimonio y, en su caso, con aquellos otros procedentes de las ayudas, subvenciones o donaciones que reciba de personas o entidades exclusivamente privadas.
La Fundación Burke está reconocida como entidad de interés público, por lo que las donaciones realizadas a la misma se benefician de una deducción en la cuota líquida a pagar del IRPF del 20%, hasta un máximo del 10% de la base imponible.
Las donaciones realizadas por empresas u otras instituciones se benefician de una deducción en la cuota del 5%.
Socio de la Fundación Burke: a partir 60 € anuales
Miembro de la Fundación Burke: A partir de 300 € anuales
Miembro de honor de la Fundación Burke: A partir de 500 € anuales.

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